Si eres inquilino o arrendatario de una vivienda o local, este articulo te interesa

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17 de febrero de 2025 ActualidadCoberturas

Si eres inquilino o arrendatario de una vivienda o local, este articulo te interesa

Si eres inquilino o propietario de una vivienda o local alquilado, te habrás preguntado más de una vez si es obligatorio contratar un seguro y, en su caso, a quién le corresponde hacerlo.

La respuesta es clara: es recomendable, pero no es obligatorio.

¿Quién debe de contratar el seguro? ¡Las dos partes!

Por una parte, el propietario debiera tener cubierto, al menos, el edificio (incluidas obras de reforma), el mobiliario que sea de su propiedad y la responsabilidad civil del mismo. El inquilino, como es lógico y en su justa medida, deberá tener asegurado sus pertenencias y, lo más importante, su responsabilidad civil.

Es en este punto, en el de la responsabilidad civil, es en el que me quiero detener un poco más ya que en mi modesta opinión es el punto más importante.

Es obvio que el propietario de la vivienda es responsable de los daños que esta y sus instalaciones puedan causar a terceros, incluyendo los daños que ocasione a sus inquilinos. Pero no es menos obvio que el inquilino será responsable de sus actos dentro de ella.

Hago esta aclaración porque el seguro del propietario no cubre, en principio, los daños a los bienes del inquilino y mucho menos la responsabilidad de este frente a terceros y viceversa. El seguro del inquilino, por ende, no cubrirá los daños inherentes a la propiedad, ni tampoco su responsabilidad.

Un ejemplo

Pensemos en un incendio.

Si el incendio se produce por un fallo de la instalación eléctrica, será el seguro del propietario quien deba de responder para reparar sus daños y los que cause al inquilino.

Si es a consecuencia de que el inquilino se deja la sartén en el fuego o el incendio es provocado por algún aparato de su propiedad, será el seguro de este último quien deba de actuar para hacer frente a los daños causados incluyendo los que ocasione en el bien alquilado.

En estos casos la compañía de uno y del otro pueden proceder a reclamar a la parte responsable los daños ocasionados.

Para el propietario, y dadas las circunstancias actuales, sería recomendable ,además, que valore para su tranquilidad un seguro de alquileres donde tenga garantizada la renta, en caso de impago, los posibles actos vandálicos que pudieran ocasionarse o la defensa jurídica en caso de conflicto.

Si algo te inquieta, no dudes en preguntar. Es gratis y nos encanta diseñar la tranquilidad de nuestros amigos y clientes.